La danza “Los Negritos de Huayán”, ha sido declarado como Patrimonio Cultural de la Nación, a mérito de la Resolución Directoral N° 286-2009 emitido por el Instituto Nacional de Cultura, documento que fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 05/04/2009.....Los negritos de Huayán son los personajes portadores de la buena nueva de la llegada del Niño Dios o Niño Manuelito y con su sacrificado bailar rememoran las virtudes básicas del cristianismo.
Otro dato señala, que esta danza nace como protesta a la esclavitud y humillación cometida por los españoles a nuestra clase indígena. Los "Negritos de Huayán" manifiestan su repudio a las diferentes monedas y adaptaciones de cada lugar. Es ejecutada en el distrito de Huayán del 23 al 28 de Diciembre de cada año, en homenaje al nacimiento del niño manuelito.


6/4/2009 “El Peruano”
INSTITUTO NACIONAL DE CULTURADeclaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Los Negritos de Huayán, provincia de Huarmey, Región Ancash.RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N° 286/INC
Lima, 27 de febrero de 2009
Visto, el Informe N° 011-2009-DRECPC/INC de fecha 05 de febrero de 2009, emitido por la Dirección de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo.
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 21° de la Constitución Política del Perú, señala que es función del Estado la protección del patrimonio cultural de la Nación.
Que, el inciso 1 del articulo'2° de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas —junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana".
Que, el articulo Vil del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia.
Que, el numeral 2) del articulo 1° del Titulo I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural.
Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1207/INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobó la Directiva N° 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural".
Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identificación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación.
Que, mediante el documento del visto la Dirección de Registro y. Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo solicita la declaración de la danza Los Negritos de Huayán, provincia de Huarmey, Región Ancash, como Patrimonio Cultural de la Nación, conforme al expediente presentado por la Dirección Regional de Cultura de Ancash.
Que, las danzas de negros -representación andina de los pobladores de origen africano y de diversos pasajes de la esclavitud, según los casos- es una de las estampas más recurrentes en el orden de las representaciones danzadas en el área andina. La sola presencia de la figura del negro como protagonista de un conjunto de danzas con este nombre autorizarla a hablar de éstas como un género.
Que, la danza Los Negritos de Huayán se representa en los meses de diciembre y enero, durante las fiestas de Navidad y de la Bajada de Reyes, respectivamente. La misma está Íntimamente asociada a la religiosidad del distrito de Huayán. Los negritos son los personajes portadores de la buena nueva de la llegada del Niño Dios o Niño Manuelito y con su sacrificado bailar rememoran las virtudes básicas del Cristianismo. Sus fervorosos cantos son una valiosa expresión de la poesía popular e incluyen, además de los versos dedicados a la adoración del Niño, versos a la mujer huayana y a las autoridades.
Que, la citada danza reproduce la celebración que los esclavos negros hacían al Niño Dios, interpretación que forma parte de la tradición popular y se ha de considerar como contenido de esta manifestación cultural.
Que, se puede describir al "negrito" como una figura burlesca, que preside la ceremonia de adoración al Niño Dios en la Navidad, pero aprovecha para ironizar sobre el poder político y para enamorar a las mujeres con picardía, haciendo así alusión a su nueva condición de liberto. Actitudes en apariencia no muy congruentes con una celebración de adoración al Niño Dios, pero que si hacen alusión a una anterior situación de servidumbre, vista desde la experiencia del poblador andino antiguamente sometido al régimen de hacienda.
Que, los personajes de la danza Los Negritos de Huayán son: la cuadrilla o cuerpo principal de negros; los procuradores o coordinadores, quienes contratan a la comparsa y consiguen vestimenta. para ésta y ofrendas al Niño Dios, y los viejos, el viejo despistado y la vieja con niño a la espalda que alerta al marido. Estos últimos configuran el elemento cómico de la representación.
Que, esta danza tiene indudable parentesco con otras danzas de "negritos" de la sierra central. Sin embargo, la versión de Huayán mantiene rasgos originales en la vestimenta, la música y los pasos de baile, así como en las figuras que componen la comparsa.
Que, la aludida danza es un rasgo de identidad especialmente importante para los pobladores el distrito de Huayán, quienes se comprometen a asumir los papeles de los diversos personajes representados. La misma ha sufrido cambios a lo largo del siglo XX, corrió el uso opcional de la máscara de negro y la ejecución musical, que antes comprendía instrumentos tradicionales como la vihuela y el violín, sustituidos ahora por la guitarra y los instrumentos de viento de metal que se han popularizado en el área andina.
Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Oficina de Asuntos Jurídicos.
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación" y el Decreto Supremo N° 017-2003-ÉD, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional' de Cultura.
Visto, el Informe N° 011-2009-DRECPC/INC de fecha 05 de febrero de 2009, emitido por la Dirección de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo.
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 21° de la Constitución Política del Perú, señala que es función del Estado la protección del patrimonio cultural de la Nación.
Que, el inciso 1 del articulo'2° de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas —junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana".
Que, el articulo Vil del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia.
Que, el numeral 2) del articulo 1° del Titulo I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural.
Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1207/INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobó la Directiva N° 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural".
Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identificación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación.
Que, mediante el documento del visto la Dirección de Registro y. Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo solicita la declaración de la danza Los Negritos de Huayán, provincia de Huarmey, Región Ancash, como Patrimonio Cultural de la Nación, conforme al expediente presentado por la Dirección Regional de Cultura de Ancash.
Que, las danzas de negros -representación andina de los pobladores de origen africano y de diversos pasajes de la esclavitud, según los casos- es una de las estampas más recurrentes en el orden de las representaciones danzadas en el área andina. La sola presencia de la figura del negro como protagonista de un conjunto de danzas con este nombre autorizarla a hablar de éstas como un género.
Que, la danza Los Negritos de Huayán se representa en los meses de diciembre y enero, durante las fiestas de Navidad y de la Bajada de Reyes, respectivamente. La misma está Íntimamente asociada a la religiosidad del distrito de Huayán. Los negritos son los personajes portadores de la buena nueva de la llegada del Niño Dios o Niño Manuelito y con su sacrificado bailar rememoran las virtudes básicas del Cristianismo. Sus fervorosos cantos son una valiosa expresión de la poesía popular e incluyen, además de los versos dedicados a la adoración del Niño, versos a la mujer huayana y a las autoridades.
Que, la citada danza reproduce la celebración que los esclavos negros hacían al Niño Dios, interpretación que forma parte de la tradición popular y se ha de considerar como contenido de esta manifestación cultural.
Que, se puede describir al "negrito" como una figura burlesca, que preside la ceremonia de adoración al Niño Dios en la Navidad, pero aprovecha para ironizar sobre el poder político y para enamorar a las mujeres con picardía, haciendo así alusión a su nueva condición de liberto. Actitudes en apariencia no muy congruentes con una celebración de adoración al Niño Dios, pero que si hacen alusión a una anterior situación de servidumbre, vista desde la experiencia del poblador andino antiguamente sometido al régimen de hacienda.
Que, los personajes de la danza Los Negritos de Huayán son: la cuadrilla o cuerpo principal de negros; los procuradores o coordinadores, quienes contratan a la comparsa y consiguen vestimenta. para ésta y ofrendas al Niño Dios, y los viejos, el viejo despistado y la vieja con niño a la espalda que alerta al marido. Estos últimos configuran el elemento cómico de la representación.
Que, esta danza tiene indudable parentesco con otras danzas de "negritos" de la sierra central. Sin embargo, la versión de Huayán mantiene rasgos originales en la vestimenta, la música y los pasos de baile, así como en las figuras que componen la comparsa.
Que, la aludida danza es un rasgo de identidad especialmente importante para los pobladores el distrito de Huayán, quienes se comprometen a asumir los papeles de los diversos personajes representados. La misma ha sufrido cambios a lo largo del siglo XX, corrió el uso opcional de la máscara de negro y la ejecución musical, que antes comprendía instrumentos tradicionales como la vihuela y el violín, sustituidos ahora por la guitarra y los instrumentos de viento de metal que se han popularizado en el área andina.
Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Oficina de Asuntos Jurídicos.
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación" y el Decreto Supremo N° 017-2003-ÉD, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional' de Cultura.
SE RESUELVE:
Articulo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la danza Los Negritos de Huayán, provincia de Huarmey, Región Ancash, en tanto se trata de una manifestación cultural que, por la originalidad de su coreografía y de su música, así como el contenido identitario que tiene para sus portadores, constituye una valiosa expresión del patrimonio inmaterial de Ancash que contribuye a la afirmación de la identidad colectiva regional y nacional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CECILIA BAKULA BUDGE
Articulo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la danza Los Negritos de Huayán, provincia de Huarmey, Región Ancash, en tanto se trata de una manifestación cultural que, por la originalidad de su coreografía y de su música, así como el contenido identitario que tiene para sus portadores, constituye una valiosa expresión del patrimonio inmaterial de Ancash que contribuye a la afirmación de la identidad colectiva regional y nacional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CECILIA BAKULA BUDGE
Directora Nacional
muchas gracias por esos datos me ayudaron mucho en mi tareita gracias ......
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